burger

¿Qué pasa si el propietario desea entrar en la casa del inquilino sin permiso?

Cuando rentamos una casa o un apartamento surgen dudas sobre la relación que debemos establecer con el propietario del inmueble, en esta ocasión vamos a profundizar en los derechos del inquilino sobre el alojamiento. ¿Puede el propietario entrar en la casa del inquilino sin permiso?, es normal que ante la posible necesidad de hacer mejoras a la vivienda o con el ánimo de inspeccionar el estado de esta, los propietarios estén tentados a molestar vuestra privacidad. Aquí damos a conocer algunas leyes que os respaldan como inquilino y refrescan la memoria sobre las obligaciones del arrendador.

Derechos del inquilino: Noción de morada habitual e inviolabilidad de domicilio

Empecemos con lo básico, el artículo 18 de la constitución de España garantiza el derecho a la intimidad y luego precisa que el domicilio de una persona es inviolable y que en ningún caso se podrá acceder a este sin previo consentimiento del titular. Ahora bien, para tener una idea completa de la situación, debemos conocer el artículo 40 del código civil, que nos confirma que el domicilio es el lugar donde moramos habitualmente y además debemos citar el artículo 2 de la ley de arrendamientos (LAU), para saber que se considera contrato de arrendamiento a aquel contrato que se celebra para satisfacer la necesidad de vivienda de un individuo.

Dicho esto, contemplamos dentro de los derechos del inquilino el usufructo de la vivienda y podemos inferir que, aunque el piso tiene propietario, mientras haya inquilinos habitándolo bajo contrato de arrendamiento, el propietario no tiene prioridad sobre el mismo, éste debe consultaros cada vez que desee entrar en el alojamiento, por ende, dentro de las obligaciones del arrendador está el pedir permiso, ojalá por escrito y en todo momento, tenéis la libertad de aceptar o denegar la entrada al arrendador.

¡El propietario entró sin permiso!

En este caso, el propietario estará infringiendo la ley, cometiendo delito de allanamiento de morada, mencionado en el artículo 202 del código penal, por medio del cual se estipula una pena de prisión entre 6 meses y 2 años que podría aumentar si la situación se ejecuta con violencia o intimidación. El inquilino estará entonces en todo el derecho de interponer una demanda, de comenzar un proceso judicial o incluso de solicitar la resolución del contrato sin que le sea cobrada ninguna indemnización, no obstante, para que estos procesos puedan efectuarse y tener éxito es necesario que el inquilino tenga pruebas de la violación a sus derechos por parte del propietario. En resumen, el propietario no puede entrar en la casa del inquilino sin permiso o previo consentimiento de éste, pues, violar los derechos del inquilino como son; la tranquilidad, la sana convivencia y el uso o disfrute del inmueble pueden llegar a costarle caro al arrendador.

¿Y si en el contrato hay una cláusula de libre entrada al propietario? , es inválida, incluso si el propietario ha diseñado un contrato de arrendamiento que le permite acceder al piso del inquilino, la cláusula resulta ilegal. Sin embargo, el propietario podrá entrar en la casa del inquilino bajo una orden judicial, para todo lo demás tendrá que contactar al arrendatario.

En todo caso, para llevar la fiesta en paz, siempre es bueno que estén claras las obligaciones del arrendador en el contrato de alquiler y que haya un acuerdo previo en caso de que éste desee realizar reformas a la propiedad. Puedes tener en cuenta los siguientes consejos para mantener una buena relación con tu propietario.